Las ramas de cotización en el llamado Régimen Obligatorio del Seguro Social son:
La prima de “riesgos de trabajo” es pagada totalmente por el patrón; un riesgo de trabajo puede generar:
Los riesgos de trabajo, entonces, puede ser: enfermedad profesional o un accidente de trabajo.
Al inscribirse por primera vez, los patrones pagarán la prima de riesgo “media” de acuerdo a la clase en que sean clasificados (de 5 posibles).
Una vez que el patrón ha cotizado un año ante el IMSS, se deberá declarar ante el citado instituto la nueva prima de riesgo de trabajo; a más tardar el día 28 de febrero del año siguiente.
El pasado jueves 25 de enero del presente año, se dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación, el Anexo 16-A que regula el llenado y la presentación del llamado “SIPRED”, es decir, el sistema para la presentación del dictamen fiscal.
Vale la pena recordar que, a partir del ejercicio 2014, el citado dictamen fiscal deja de ser obligatorio; no obstante, de acuerdo al artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), las personas morales y físicas con actividades empresariales, se podrán dictaminar de manera “voluntaria” siempre y cuando cumplan cualquiera de los siguientes supuestos:
Por otro lado, de acuerdo a la regla miscelánea 2.13.2 , el citado dictamen fiscal 2017, se podrá presentar a más tardar el 30 de julio de 2018, siempre y cuando las contribuciones estén pagadas al 15 de julio de 2018 y esto quede reflejado en el anexo “Relación de contribuciones por pagar” del mismo SIPRED; en caso de incumplimiento a lo señalado, se considerará que el dictamen fue presentado de manera extemporánea.
La emisión de las llamadas “notas de crédito” se hace a través de un CFDI de Egreso (3.3); en términos generales representan descuentos que se aplican a CFDI de ingresos previamente emitidos.
En la llamada “forma de pago” se podrán considerar cualquiera de las siguientes opciones:
El CFDI de Egreso se podrá relacionar con varios comprobantes o con uno solo; se deberán relacionar con las respectivas UUID.
Para efectos del ISR, las devoluciones, descuentos o rebajas sobre ventas se consideran una “deducción autorizada” (Art. 25-I), por lo que deberá estar amparada con un CFDI que reúna los requisitos que establece el artículo 29-A del CFF.
No obstante lo anterior, de acuerdo a la regla miscelánea 2.7.1.39 para cancelar un CFDI de Egreso, no será necesario obtener autorización del contribuyente al que, en su momento, se le haya expedido.
Esta disposición entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2018 (Art. Octavo Transitorio RMF 2018).
El SAT dio a conocer el Oficio 500-05-2018-572 en el que incluye el listado “definitivo” en los términos del tercer párrafo del artículo 69-B del CFF (listas negras).
El mencionado reporte incluye a los contribuyentes que, según el propio fisco, emiten CFDI sin tener los suficientes:
A mayor detalle, el propio SAT informa que hay 6,492 empresas que facturan 1.4 billones de pesos en operaciones simuladas, lo que equivale al 5% del PIB.
Esto se relaciona con lo que “coloquialmente” se conoce como:
EFOS: Empresas que facturan operaciones simuladas.
EDOS: Empresas que deducen operaciones simuladas.
Por otro lado, de las actividades más “vulnerables” se encuentran las relacionadas con la transmisión de propiedad sobre bienes inmuebles.
Derivado de lo anterior, dado que el nuevo valor de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) que entrará en vigor el próximo 1 de febrero de este 2018 ($80.60) los nuevos parámetros derivados de la Ley Antilavado de dinero son los siguientes:
Actividades | Identificación | Aviso |
Juegos, sorteos, apuestas, concursos. | $26,195 | $51,987 |
Gasto mensual acumulado en tarjetas de servicios o de crédito otorgadas por entidades no financieras. | $64,883 | $103,571 |
Comercialización de tarjetas prepagadas emitidas por entidades no financieras. | $51,987 | $51,987 |
México
Av. Paseo de la Reforma 560 - Int. 30, Lomas - Virreyes, Lomas de Chapultepec, Miguel Hidalgo,Ciudad de México, C.P. 11000.
Tel:+52 (55) 9419-0097
Colombia
Calle 120 A Nº 7-62 / 68, Oficina 403, Edificio CEI III, Usaquén.
Tel:031 3828287 / 3828284 / 3828283
Panamá
Calle 65 Este, San Francisco, Ciudad de Panamá
Tel:+507(2) 974-796/81
EUA
9595 Six Pines Drive Bld 8 Level 2, Suite 8210, The Woodlands, Houston, Texas. 77380
E-mail: contacto@ips-globalconsulting.com
Perú
C. Miguel Dasso 134 ofc. 201 / San Isidro Lima - Perú
Tel:+571 317 7452078